Editorial No: 17-2008
'IMPORTANCIA DE LAS VISITADURÍAS GENERALES EN LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE PUEBLA'.
 

POR: VÍCTOR HUGO CORICHI MÉNDEZ*.

 
 

Los Derechos Humanos son exigencias elementales que puede plantear cualquier ser humano y que tienen que ser satisfechas, porque se refieren a necesidades básicas y son indispensables para su desarrollo; son derechos tan básicos que sin ellos resulta difícil llevar una vida digna.

La Comisión de Derechos Humanos del Estado, se encarga de la difusión, promoción y defensa de los derechos fundamentales de los ciudadanos, esta última actividad es a través de las Visitadurías Generales, quienes son las que dirigen la tramitación de las inconformidades derivadas de posibles violaciones a los gobernados.

De tal manera que la Visitaduría General recibe, admite o rechaza las quejas o inconformidades presentadas por las personas que así lo solicitan o bien inicia de oficio investigaciones cuando a través de diversos medios se tiene conocimiento de conductas que vulneran las garantías fundamentales de los ciudadanos.

Una vez recibida la queja, se inicia una investigación a fondo de los hechos motivo de ésta, tramitando de oficio y en forma discrecional la integración de los elementos de convicción que puedan acreditar presuntas violaciones a las garantías individuales, resaltando que dentro de este procedimiento la Visitaduría General, puede llevar a cabo las gestiones necesarias para lograr una conciliación y un resarcimiento inmediato a violaciones de derechos, cuando su propia naturaleza así lo permita.

En la prosecución de la investigación se valoran todas y cada una de las evidencias o pruebas, aportadas tanto por el quejoso como por la autoridad señalada como responsable y entonces se estará en posibilidad de determinar una posible violación de derechos humanos.

Ahora bien concluida la investigación, el Visitador General formulará, en su caso, un proyecto de recomendación, en el que analizará los hechos, argumentos y pruebas, así como los elementos de convicción y las diligencias practicadas, a fin de determinar, si las autoridades o servidores públicos han violado o no los derechos humanos de los afectados, lo anterior al haber incurrido en actos u omisiones ilegales, irrazonables, injustas, o inadecuadas y en su caso si de las evidencias se advierte la probable comisión de conductas tipificadas como delitos, por parte de autoridades o servidores públicos, así se expresará en dicho documento el cual tendrá efectos de denuncia debiendo en consecuencia la Comisión a través de su Presidente, hacerlo del conocimiento de la autoridad competente.

El proyecto de recomendación, contiene entre otros como elementos esenciales los hechos que motivan la queja, enunciando cada una de las evidencias y pruebas obtenidas durante el proceso de la investigación, señalando todos y cada uno de los preceptos legales que sirven de fundamento para acreditar la acción u omisión de la autoridad o servidores públicos señalados como responsables, apoyándose en los Tratados Internacionales aplicables a cada caso concreto, y el razonamiento lógico jurídico que sirva de sustento para la emisión de ésta, haciendo los señalamientos necesarios para una efectiva restitución a los afectados en sus derechos fundamentales y en su caso, para la reparación de los daños y perjuicios que se hubiesen ocasionado, previniendo conductas reincidentes que alteren la convivencia armoniosa entre ciudadanos y autoridades.

Los proyectos antes referidos, serán sometidos al Presidente de la Comisión y éste a su vez formulará las modificaciones, observaciones y consideraciones que resulten convenientes y en su caso suscribirá el texto de la misma, para enviarlo a la autoridad responsable, debiendo vigilar su estricto cumplimiento.

¡ Contra le Abuso del Poder !           Defiende tus derechos.

Departamento de Comunicación Social

 
 
*VISITADOR ADJUNTO A LA SEGUNDA VISITADURÍA GENERAL DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE PUEBLA.