RECEPCIÓN DE QUEJAS
1.- Presentar la queja
personalmente o por terceras personas en: Las oficinas
centrales de la Comisión de Derechos Humanos del estado
en cualquier día y hora, o solicitar el servicio por
cualquier medio electrónico. (ver
Anexo)
2.- Proporcionar sus
datos de identificación y localización, así como
presentar una identificación oficial.
3.- Será atendido por un
Abogado Visitador, quien escuchará el motivo de la
solicitud del servicio y le recepcionará la queja, misma
que deberá reunir los requisitos tanto de identificación
como ratificación.
4.- Recibida la queja,
registrado y asignado número de expediente, se procederá
a su calificación provisional por la Dirección de Quejas
y Orientación, procurando un Visitador Adjunto buscar la
conciliación entre los quejosos y las autoridades
señaladas como responsables, y la inmediata solución del
conflicto planteado cuando la naturaleza del caso se lo
permita.
5.- Realizadas las
diligencias primarias en la Dirección de Quejas y
Orientación, se remite el expediente a la Visitaduría
General correspondiente (Primera Visitaduría General,
expedientes nones) (Segunda Visitaduría General,
expedientes pares), para su calificación definitiva y
trámite de la queja.
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