Page 14 - Catálogo general de hechos violatorios a derechos humanos
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“Artículo 11.1. Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el
derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su
familia, incluso alimentación, vestido y vivienda adecuados, y a una
mejora continua de las condiciones de existencia. Los Estados Partes
tomarán medidas apropiadas para asegurar la efectividad de este
derecho, reconociendo a este efecto la importancia esencial de la
cooperación internacional fundada en el libre consentimiento.”
Protocolo adicional a la Convención Americana sobre Derechos
Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
“Protocolo de San Salvador” (OEA)
“Artículo 12
1. Toda persona tiene derecho a una nutrición adecuada
que le asegure la posibilidad de gozar del más alto nivel
de desarrollo físico, emocional e intelectual.
2. Con el objeto de hacer efectivo este derecho y a
erradicar la desnutrición, los Estados partes se
comprometen a perfeccionar los métodos de producción,
aprovisionamiento y distribución de alimentos, para lo
cual se comprometen a promover una mayor cooperación
internacional en apoyo de las políticas nacionales sobre
la materia.”
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