Page 14 - Catálogo general de hechos violatorios a derechos humanos
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“Artículo 11.1. Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el
           derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su
           familia, incluso alimentación, vestido y vivienda adecuados, y a una
           mejora continua de las condiciones de existencia. Los Estados Partes
           tomarán  medidas  apropiadas  para  asegurar  la  efectividad  de  este
           derecho,  reconociendo  a  este  efecto  la  importancia  esencial  de  la
           cooperación internacional fundada en el libre consentimiento.”


           Protocolo  adicional  a  la  Convención  Americana  sobre  Derechos
           Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
           “Protocolo de San Salvador” (OEA)


                 “Artículo 12

                     1.  Toda persona tiene derecho a una nutrición adecuada
                        que le asegure la posibilidad de gozar del más alto nivel
                        de desarrollo físico, emocional e intelectual.
                     2.  Con  el  objeto  de  hacer  efectivo  este  derecho  y  a
                        erradicar  la  desnutrición,  los  Estados  partes  se
                        comprometen a perfeccionar los métodos de producción,
                        aprovisionamiento  y  distribución  de  alimentos,  para  lo
                        cual se comprometen a promover una mayor cooperación
                        internacional en apoyo de las políticas nacionales sobre
                        la materia.”


























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