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Construcción científico-estatal de anormalidad en la Ciudad de México




          y productivos, que aportaran su esfuerzo para desprender al país de la pobreza y
          alcanzar el desarrollo. De acuerdo con Jullian (2008a), en las últimas décadas del si-
          glo XIX se comenzaban a realizar distinciones entre las condiciones de la población
          para determinar quiénes serían objeto de ayuda. En este rubro entraban quienes
          estuvieran en condiciones de pobreza debido a un accidente o por nacer con alguna
          discapacidad. Sin embargo, las autoridades llegaban a la conclusión de que las per-
          sonas ciegas, y con otras discapacidades, debían proveer de una licencia para pedir
          limosna mientras se construían asilos o talleres para su ocupación (Jullian, 2008a).


                 De acuerdo con Dolores (2018) en los años 1929 y 1930 se analizó la men-
          dicidad con la intención de resolver este problema. Para aquella época el doctor
          en ciencias sociales, Ramón Beteta Departamento de Educación de la Beneficencia
          Pública y Eyler N. Simpson, sociólogo de la Universidad de Chicago, realizaron un
          estudio para identificar y clasificar la mendicidad en la Ciudad de México. De su
          estudio se derivaron explicaciones sobre las causas de la mendicidad y tipologías.

                 Encontraron que la indigencia y la mendicidad se originaban por: el ciclo de
          vida, la incapacidad física y mental para laborar, cuestiones ideológicas (influencia
          de la religión) y el desempleo. También por causas relacionadas con la moral y la de-
          gradación, como el alcoholismo y la criminalidad (Dolores, 2018). Del mismo modo
          que ha subrayado Jullian, Dolores describe que las personas con discapacidades fí-
          sicas permanentes o transitorias, incluidas sordas, (por enfermedad o accidente)
          merecían ayuda de manera legítima, al igual que los niños pobres «inválidos», enfer-
          mos y ancianos. Miranda (2006) considera que desde el siglo XIX los denominados
          «pobres de solemnidad», como la gente con enfermedades y afectaciones corpora-
          les, se habían incorporado a la protección estatal porque a pesar de su «inutilidad
          social» no podían ser juzgados (Miranda, 2006).

                 Me atrevo a señalar que una de las falencias de las tipologías como la de
          Simpson y Beteta es que aducían a la incapacidad física o mental la imposibilidad de
          trabajar y ser una de las causas de la mendicidad, omitiendo que la condición misma
          de pobreza podría originar y agravar la condición de incapacidad física o mental. De
          este modo, se producía un círculo vicioso que difícilmente sería solucionado me-
          diante ayudas paliativas. Un problema social y estructural como la mendicidad de
          los «inútiles» y otros sectores sociales, se individualizaba y reducía a una explica-
          ción basada en el atributo corporal.




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