Periódico E-Consulta Puebla
Presente:
Estimado director, por este conducto me dirijo a Usted de la manera más respetuosa, en reconocimiento al trabajo de libre expresión y objetividad con el que conduce al medio de comunicación que dignamente dirige.
Sin embargo, aprovecho para hacer de su conocimiento la presente carta aclaratoria, ante el tweet y la nota de fecha 10 de junio de 2021, denominada “Aceptadas 1 de 15 recomendaciones por violar derechos humanos”, publicada en el periódico que dignamente dirige.
Ante las diversas afirmaciones que se realizan en la publicación, queremos hacer de su conocimiento algunas precisiones:
En la mayoría de los casos las autoridades municipales y estatales recomendadas aceptan y cumplen las recomendaciones emitidas por esta Comisión, tal es el caso que, durante el año 2020 se emitieron 27 recomendaciones de las cuales, 26 fueron aceptadas y se encuentran cumplidas o en proceso de cumplimiento y solo una no fue aceptada, misma que fue enviada al H. Congreso del Estado de Puebla de conformidad con el segundo párrafo del artículo 102 apartado B de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos.
Esto es así, porque cada Recomendación emitida tiene particularidades específicas para su cumplimento, por lo que, en la mayoría de los casos, éstas no pueden ser cumplidas de manera inmediata, pues las autoridades requieren allegarse de los recursos materiales y humanos para restituir los derechos humanos violados.
El artículo 46 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla establece que, una vez recibida la recomendación, la autoridad, informará dentro de los quince días hábiles siguientes a su notificación, si acepta dicha recomendación y deberá acreditar dentro de los quince días hábiles siguientes, que ha cumplido con la misma. Dicho plazo puede ser ampliado a criterio de la Comisión, cuando la naturaleza de la recomendación así lo amerite. Así mismo, la falta de comunicación de la aceptación, da lugar a que se interprete que fue aceptada, asumiendo la autoridad a la cual fue dirigida, el compromiso de darle cumplimiento.
En lo que va del año 2021, esta Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla ha emitido 16 recomendaciones a diversas autoridades, en algunos casos se ha ampliado el término para su aceptación y cumplimiento, pues por su complejidad así lo amerita; siendo importante mencionar que en el caso de las recomendaciones en las que exista falta de comunicación de aceptación, se tendrán por aceptadas tácitamente, asumiendo la autoridad el compromiso por ley de darle total cumplimiento.
La CDH Puebla reconoce y respeta la libertad de expresión ejercida en la labor periodística; sin embargo, la rechaza cuando ésta no se hace en el marco de la investigación seria, objetiva y, sobre todo, en el marco de la verdad, causando concepciones erróneas en sus lectores, dañando el trabajo y el prestigio de una Institución que tiene como principal objetivo la defensa de los derechos humanos.
Por lo anterior, con fundamento en lo establecido por la Ley Reglamentaria del Artículo 6, párrafo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia del derecho de réplica; solicito, que, en ejercicio de tal derecho, se haga la aclaración y publicación de la presente en el medio de comunicación que dignamente dirige.