Comunicado 057/2022

LA CDH PUEBLA EMITE RECOMENDACIÓN A LA PRESIDENTA MUNICIPAL DE HUEJOTZINGO, PUEBLA, POR LA VIOLACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS DE UNA PERSONA PRIVADA DE LA LIBERTAD

La Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla (CDH Puebla), emite la Recomendación 19/2022 a la Presidenta Municipal de Huejotzingo, Puebla, por la violación al derecho humano al trato digno, a la seguridad jurídica, a la libertad y seguridad sexual, de acceso a una vida libre de violencia y a la inviolabilidad de las comunicaciones privadas y al derecho humano a la verdad.

Con base en las evidencias que integran el expediente 3421/2021, la CDH Puebla contó con elementos suficientes para acreditar que el 23 de julio de 2021, una mujer privada de su libertad, al recibir un depósito de bienes por parte de su visita, no le fueron entregados en su totalidad, y al preguntar por ellos, personal del área de criminología del Centro de Reinserción Social de Huejotzingo, Puebla, (CERESOHUEJO), le informó que no le iba hacer entrega de una libreta debido a la información que contenía, a lo que la mujer indicó que el contenido eran preguntas íntimas entre ella y su pareja, por lo cual había sido sujeta de hostigamiento por parte del Director y personal del área de Criminología del CERESOHUEJO, además de que la pareja de la mujer fue amenazada por el Director al solicitar la devolución de la libreta.

Derivado de lo anterior, la CDH Puebla emite las siguientes recomendaciones a la Presidenta Municipal de Huejotzingo, Puebla:

  • Instruya a quien corresponda para que de forma inmediata se entregue a la persona la libreta de su propiedad, que actualmente, según las constancias que integran el expediente en que se actúa, se encuentra en resguardo de personal del CERESOHUEJO.
  • Instruya a quien corresponda, para que se proporcione atención psicológica apropiada, gratuita y de forma continua, a la persona agraviada.
  • Se proceda administrativa y presupuestalmente, de los gastos generados por la atención psicológica especializada que se genere con motivo de la atención que se le brinde a la víctima, así como se deberá proceder para que se le otorgue una compensación económica que deberá ser acorde con las afectaciones.
  • Se otorgue a la víctima, una disculpa pública, en las instalaciones del Centro de Reinserción Social de Ciudad Serdán, Puebla, ante un público reducido y con las debidas medidas de seguridad y privacidad.
  • Dar vista al titular de la Contraloría Municipal de Huejotzingo, Puebla, para que determine sobre el inicio del procedimiento administrativo de investigación correspondiente, en contra de las y los servidores públicos que intervinieron en los hechos que dieron origen a la presente Recomendación.
  • Instruya a quien corresponda para que colabore ampliamente con la Fiscalía General del Estado (FGE), en la integración de la carpeta de investigación que se inicie, a fin de determinar la existencia de presuntos hechos delictivos.
  • Emita una circular a través de la cual instruya a las y los servidores públicos adscritos al CERESOHUEJO, para que en lo sucesivo, en el ejercicio de su función, sujeten su actuar, debiendo respetar en todo momento los derechos humanos de las mujeres privadas de la libertad; en dicho centro penitenciario; garantizar su libertad y seguridad sexual; abstenerse de realizar cualquier acto que atente contra la dignidad humana de dichas personas; así como evitar realizar actos fuera del marco legal vigente.
  • Brinde capacitación al personal del CERESOHUEJO, relativa al respeto y protección de los derechos humanos establecidos en la legislación local, nacional e internacional, principalmente los relacionados con el trato digno de las personas privadas de la libertad, con especial enfoque a lo que se refiere a las mujeres privadas de la libertad; la inviolabilidad de las comunicaciones privadas; las funciones, procedimientos y formalidades a realizarse por parte de las y los integrantes de los Comités Técnicos Interdisciplinarios en los CERESOS; el derecho humano al acceso a la verdad, así como de las atribuciones y funciones realizadas por las y los integrantes de los organismos públicos de derechos humanos.

Cada punto recomendatorio debe ser justificado por la autoridad señalada como responsable, debiendo informar del cumplimiento ante este organismo autónomo.

La CDH Puebla reafirma su compromiso con la protección de los derechos humanos de toda la ciudadanía poblana y de todas las personas que transitan por el Estado de Puebla.