LA CDH PUEBLA EMITE RECOMENDACIÓN AL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DE LOS PODERES DEL ESTADO DE PUEBLA
La Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla (CDH Puebla), emite la Recomendación 32/2022 al Director General del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado de Puebla (ISSSTEP) por la violación a los derechos humanos de Seguridad Jurídica y a la Legalidad en agravio de una persona.
Derivado de las evidencias que integran el expediente 3631/2021, para este organismo protector de derechos humanos quedó acreditado que el 24 de febrero de 2021, una persona realizó una solicitud de jubilación ante el Departamento de Pensiones y Jubilaciones del ISSSTEP, misma que le fue denegada sustentando tal postura, indicando que el peticionario no contaba con los años requeridos para su jubilación con base en lo dispuesto por el Artículo Segundo Transitorio de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio del Estado de Puebla, aun cuando a la fecha de la solicitud, la persona ya contaba con más de 30 años de servicio ininterrumpido y aportando al fondo de pensión del ISSSTEP.
Con base en lo anterior la CDH Puebla emite al Director General del ISSSTEP las siguientes recomendaciones:
- Instruir a quien corresponda para que a la brevedad se emita un acuerdo, resolución o dictamen apegado a derecho, con base en la ley aplicable, respecto a la solicitud de jubilación planteada por la persona solicitante.
- Emitir una circular a través de la cual instruya al personal encargado de dar seguimiento a las solicitudes de pensión, para que sujeten su actuar a lo establecido por el Orden Jurídico Mexicano, así como a los Tratados Internacionales suscritos y ratificados por el Estado Mexicano.
- Brindar a las y los servidores públicos del ISSSTEP capacitación relativa al respeto y protección de los Derechos Humanos, establecidos tanto en la legislación local, nacional e internacional, principalmente los relacionados con la seguridad jurídica y la legalidad; y
- Dar vista al Órgano Interno de Control del ISSSTEP, para que en el ámbito de su competencia determine sobre el inicio del procedimiento administrativo de responsabilidad por las omisiones de las y los servidores públicos del ISSSTEP, que estuvieron involucrados en los presentes hechos.
Cabe señalar que, cada punto recomendatorio debe ser justificado por la autoridad señalada como responsable, debiendo informar del cumplimiento ante este organismo autónomo.
La CDH Puebla reafirma su compromiso con la protección de los derechos humanos de toda la ciudadanía poblana y de todas las personas que transitan por el estado de Puebla.