Comunicado 010/2023

LA CDH PUEBLA EMITE RECOMENDACIÓN A LA SSP POR LA VIOLACIÓN ALOS DERECHOS HUMANOS A LA VIDA; A LA VERDAD; A LA INTEGRIDAD Y SEGURIDAD PERSONAL EN CONTRA DE POBLADORES DEL MUNICIPIO DE COYOMEAPAN, PUEBLA, ASÍ COMO AL AYUNTAMIENTO DE ZOQUITLÁN, PUEBLA POR OMITIR BRINDARLES AUXILIO

  • La CDH Puebla acreditó la ejecución arbitraria de tres personas, así como afectaciones a otras siete por el empleo arbitrario de la fuerza pública, además de la omisión de prestar auxilio y preservar el lugar de los hechos, acciones atribuibles a elementos de la SSP.
  • El Ayuntamiento de Zoquitlán, Puebla, violó el derecho a la seguridad jurídica de las víctimas al negarles auxilio.

La Comisión de los Derechos Humanos del Estado de Puebla (CDH Puebla) emitió la Recomendación 12/2023 al titular de la Secretaría de Seguridad Pública del Gobierno del Estado de Puebla (SSP), por la violación al derecho humano a la vida en agravio de tres personas, además a los derechos a la integridad y seguridad personal por las afectaciones causadas a otras siete, así como a la seguridad jurídica y a la verdad por omitir prestar protección o auxilio y no preservar el lugar de los hechos, actos atribuibles a personal adscrito a dicha Secretaría.

La Recomendación también está dirigida al Ayuntamiento del municipio de Zoquitlán, Puebla, por la violación el derecho a la Seguridad Jurídica de las Víctimas al acreditarse que una ambulancia de dicho municipio acudió al lugar de los hechos y los servidores públicos que la tripulaban omitieron brindarles el auxilio a las víctimas .

El 10 de mayo de 2022, este organismo estatal inició de oficio un expediente de queja derivado de la nota periodística “Coyomeapan: un muerto y 8 heridos en enfrentamiento con policías”, publicada en el medio E-Consulta, que daba cuenta de un supuesto enfrentamiento entre la Policía Estatal y habitantes de Coyomeapan, quienes regresaban tras asistir a una asamblea informativa.

Para investigar los hechos, la CDH Puebla conformó un equipo multidisciplinario que acudió de inmediato a la zona para realizar diversas diligencias, consistentes en la atención directa de las víctimas, así como entrevistas con los testigos de los hechos y recorridos en los lugares señalados; además, durante la investigación se realizaron solicitudes de información a diversas autoridades, entrevistas a elementos policiacos y la consulta de las carpetas de investigación relacionadas.

Esta Comisión Estatal realizó la valoración y análisis jurídico respectivo, por lo que pudo desvirtuar la versión de un enfrentamiento, acreditando que los servidores públicos no estuvieron ante los supuestos habilitantes del uso de la fuerza pública ni agotaron los niveles previstos para su uso, y no se encontraban realizando un patrullamiento; si no que arribaron al lugar de los hechos, esto es, al paraje conocido como Cobatzalco, a las 15:00 horas, por lo que tuvieron tiempo de planear la llegada de los tripulantes del vehículo, ocupando para ello puestos estratégicos.

Por lo anterior, este Organismo constitucionalmente autónomo comprobó que los hechos no sucedieron de forma espontánea, inminente o urgente, sino que, de manera deliberada, los agentes de la policía estatal, los interceptaron y, sin indicaciones de por medio, abrieron fuego, en su contra. Sin embargo, respecto de la reparación integral a las víctimas directas e indirectas, esta Comisión reconoce que la SSP ha tomado acciones encaminadas a lograr dicha reparación. Por lo anterior, esta Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla, realizó diversas Recomendaciones al C. Secretario de Seguridad Pública del Gobierno del Estado de Puebla, entre las que destacan: ofrecer una disculpa pública a las víctimas directas e indirectas; proporcionar atención victimológica, incluida la psicológica y/o tanatológica; iniciar la investigación o en su caso continuar con la integración del expediente administrativo respectivo para que en el momento procesal oportuno dicte la determinación; emitir los protocolos de actuación respecto del uso de la fuerza, con perspectiva de género y para niñas, niños y adolescentes y protección de los derechos humanos, así como los manuales de técnicas para el uso de la fuerza correspondientes, a observar por las personas servidoras públicas de la SSP; así como la vista a la Secretaría de la Función Pública a efecto de que inicie la investigación correspondiente en contra de las personas servidoras públicas que intervinieron.

Respecto del C. Presidente municipal de Zoquitlán, Puebla, realizó diversas recomendaciones, entre las que destacan: Proporcionar capacitación al personal que se hará cargo de la ambulancia asignada a dicho Ayuntamiento; se abstengan de realizar actos que atenten contra los derechos humanos; y brindar capacitación al respecto; asimismo dé vista a la contraloría municipal para el inicio de los procedimientos respectivos en contra de la síndica municipal, por haber emitido los informes de manera imprecisa y discrepante.

La CDH Puebla reafirma su compromiso con la protección de los derechos humanos de toda la ciudadanía y de todas las personas que transitan por el estado. .