Comunicado 030/2024

LA CDH PUEBLA EMITE RECOMENDACIÓN AL PRESIDENTE MUNICIPAL DE ACATZINGO, PUEBLA, POR LA VIOLACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS AL DEBIDO PROCESO LEGAL, A LA SEGURIDAD JURÍDICA, A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA EN SU MODALIDAD INSTITUCIONAL, Y A LA INTEGRIDAD PERSONAL, EN SU VERTIENTE PSÍQUICA

La Comisión de Derechos Humanos del Estado del Estado de Puebla (CDH Puebla) emitió la Recomendación 16/2024 al Presidente Municipal de Acatzingo, Puebla, por la violación de los derechos humanos al debido proceso legal, a la seguridad jurídica, a una vida libre de violencia en su modalidad institucional, y a la integridad personal, en su vertiente psíquica, en agravio de una persona.

Con base en las evidencias que integran el expediente 5168/2023 y su acumulado 5383/2023, se acreditó que el 4 de agosto de 2023 en la “Vigésima Segunda Sesión Ordinaria de Cabildo del Ayuntamiento Constitucional de Acatzingo, Puebla" el Presidente Municipal acusó a una persona servidora pública por omisión de sus funciones, solicitando al cabildo que se le exhortara a firmar un documento sin que se le proporcionara la lectura y revisión de éste, por lo cual, la persona señalada informó que lo revisaría, por ello, abandonó la sesión con esa intención. Al regresar se le impidió el acceso al Palacio Municipal por órdenes del Presidente Municipal, quien posteriormente tuvo un comportamiento discriminatorio en contra de la víctima al emitir frases descalificativas con términos de desigualdad de género y de desvalorización de su capacidad para desempeñar cargos de autoridad, solicitando así, se votara por la suspensión de sus funciones a la víctima, como Sindica Municipal, siendo esto determinado por el Cabildo de Acatzingo, Puebla, suspendiéndola de forma autoritaria, discrecional, unilateral y sin ser competentes para ello. Vulnerando así los derechos humanos de la víctima.

Por lo anterior la CDH Puebla emitió las siguientes recomendaciones:

  • Brinde reparación integral a la víctima, incluyendo la medida compensatoria, para que proceda administrativa y presupuestalmente, con la finalidad de que se le otorgue una compensación por los daños causados en términos de ley; la cual deberá ser acorde con las afectaciones descritas en el apartado precedente de esta Recomendación.
  • Dé instrucciones a quien corresponda para que se brinde de inmediato todas aquellas medidas victimales de atención integral que resulten necesarias, entre ellas, atención psicológica, suficiente y gratuita a la persona agraviada, mismas que deberán de otorgarse de forma continua, hasta que supere las secuelas producidas por los hechos referidos permitiendo su adecuada rehabilitación.
  • Ordene a la Contraloría Municipal del Ayuntamiento de Acatzingo para que, en el ámbito de sus competencias, inicie la investigación de responsabilidad administrativa por la conducta en que incurrieron las personas involucradas, y de este modo, realice la investigación respectiva y resuelva lo que conforme a derecho corresponde.
  • Se efectúe una disculpa pública en el Cabildo Municipal del Ayuntamiento de Acatzingo, Puebla, a favor de la víctima, en la que se reconozca el actuar público institucional. Esta medida de satisfacción deberá estar dirigida a restaurar la dignidad de la persona peticionaria.
  • Se brinde a las y los servidores públicos adscritos al Ayuntamiento de Acatzingo, Puebla, capacitación relativa al respeto, protección y garantía de los derechos humanos de las mujeres, así como la prohibición de discriminación en razón de género, conforme a lo establecido en la legislación local, nacional e internacional, a fin de evitar que actos como los señalados en el presente documento se repitan.
  • Emita un protocolo de atención integral a mujeres víctimas de violencia institucional, dirigido al personal del Ayuntamiento de Acatzingo, Puebla, que contenga los lineamientos de actuación y pasos a seguir por cada persona servidora pública que intervenga, incorporando estándares internacionales en la materia con miras a evitar que actos como los señalados se repitan.
  • Diseñe e implemente una campaña de concientización y sensibilización, orientada a enfrentar los esquemas socioculturales de violencia de género, así como la difusión de los derechos de las niñas y mujeres a una vida libre de violencia. La campaña deberá estar dirigida a la población del Municipio de Acatzingo, Puebla.
  • Colabore ampliamente en el seguimiento y trámite de la carpeta de investigación con la Fiscalía General del Estado, así como con el Tribunal Electoral del Estado de Puebla, a fin de que se investigue y sancionen en materia penal y electoral las responsabilidades en las que ocurrieron las personas involucradas, debiendo proporcionar a dichas instituciones todo medio probatorio a su alcance.
  • Designar a la persona servidora pública de alto nivel que fungirá como enlace con esta Comisión, para dar seguimiento al cumplimiento de la presente Recomendación.

La CDH Puebla refrenda su compromiso por continuar trabajando en la promoción y protección de los derechos humanos de toda la ciudadanía y de las personas que transitan por su territorio.

 

        *Documento con fines de divulgación. La Recomendación General es la única versión oficial.