Comunicado 032/2024

LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE PUEBLA (CDH PUEBLA) EMITE RECOMENDACIÓN AL PRESIDENTE MUNICIPAL DE ACATZINGO, PUEBLA, POR LA VULNERACIÓN A LOS DERECHOS HUMANOS DE PETICIÓN Y A LA SEGURIDAD JURÍDICA

La Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla (CDH Puebla) emitió la Recomendación 20/2024 al Presidente Municipal de Acatzingo, Puebla, por la violación al derecho humano de petición y seguridad jurídica en agravio de una persona.

Con base en las evidencias que integran el expediente 7557/2022 se acreditó que desde el 12 de julio de 2022 la persona peticionaria presentó un escrito ante el Ayuntamiento de Acatzingo, Puebla, en el cual hacía una narrativa de los desperfectos a su inmueble y agresiones de las que era víctima la persona peticionaria y su familia, esto por no regular una cancha de fútbol que se encuentra cerca de su vivienda, sin embargo, la autoridad señaló que no recayó acuerdo alguno respecto del escrito mencionado.

Por lo anterior, la CDH Puebla emitió las siguientes Recomendaciones:

  • Gire sus instrucciones a quien corresponda para que, brinde respuesta al escrito signado por la persona peticionaria y que fue presentado el 12 de julio de 2022, ante el Ayuntamiento; lo que deberá realizar de forma inmediata por escrito, de forma congruente, completa, fundada y motivada.
  • Dé instrucciones a quien corresponda para que se realicen los trámites necesarios y se proceda a la reparación integral de los daños causados en el domicilio particular de la persona agraviada, en los términos más amplios y de manera integral, acorde con lo que establece la Ley General de Víctimas, por los perjuicios y pérdidas materiales motivo de la violación a sus derechos humanos.
  • Instruya a quien corresponda para que se realicen las acciones de regularización del establecimiento denominado “LF1” a fin de corroborar que éste cumpla con las medidas pertinentes para su funcionamiento y de no ser así se apliquen las sanciones correspondientes.
  • Gire instrucciones a quien corresponda para que dé vista a la Contraloría Municipal del Ayuntamiento, a fin de que en el ámbito de su competencia determine sobre la pertinencia de iniciar procedimiento de determinación de responsabilidades y en el momento procesal oportuno resuelva lo que en derecho proceda, por las omisiones de las personas servidoras públicas que estuvieron involucrados en los hechos que omitieron dar respuesta a la petición de la persona y que omitieron regularizar las actividades del campo deportivo denominado “LF1”.
  • Brinde a las personas servidoras públicas del Ayuntamiento, capacitación relativa al respeto y protección de los derechos humanos establecidos en la legislación local, nacional e internacional, principalmente los relacionados con el derecho de petición y seguridad jurídica, con la finalidad de evitar que actos como los señalados se repitan.
  • Emita una circular a través de la cual instruya a las personas servidoras públicas del Ayuntamiento para que sujeten su actuar a lo establecido por el Orden Jurídico Mexicano, así como a los Tratados Internacionales suscritos y ratificados por el Estado Mexicano y se abstengan de realizar actos que atenten contra los derechos humanos de las personas, en específico el derecho humano de petición y seguridad jurídica.

La CDH Puebla refrenda su compromiso por continuar trabajando en la promoción y protección de los derechos humanos de toda la ciudadanía y de las personas que transitan por su territorio.

 

        * Documento con fines de divulgación. La Recomendación General es la única versión oficial.