LA CDH PUEBLA EMITIÓ LA RECOMENDACIÓN 15/2025 AL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DE LOS PODERES DEL ESTADO DE PUEBLA (ISSSTEP) POR LA NO ACEPTACIÓN DE LA CONCILIACIÓN 13/2025, RESPECTO A LA VULNERACIÓN A LOS DERECHOS HUMANOS A LA SEGURIDAD JURÍDICA Y A LA SEGURIDAD SOCIAL
La Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla (CDH Puebla) emitió la Recomendación 15/2025 al Director General del ISSSTEP, en atención a la no aceptación de la propuesta de Conciliación 13/2025, en la que se tuvo por acreditada la vulneración a los derechos humanos a la seguridad jurídica y seguridad social, en agravio de la peticionaria.
Una parte fundamental de la propuesta de Conciliación es la reparación integral del daño, prevista en el párrafo tercero del artículo 1o. de la CPEUM, conforme al cual es una obligación a cargo de las autoridades reparar las violaciones a los derechos humanos; en ese sentido, su no aceptación se considera especialmente grave, dado que su función primordial es resolver casos de violaciones a derechos humanos de manera más ágil y expedita.
Por ello, y toda vez que este Organismo logró acreditar la vulneración a los derechos humanos a la seguridad jurídica y a la seguridad social en agravio de la peticionaria, por la dilación excesiva en la integración y dictaminación del expediente pensionario tramitado desde el 1 febrero de 2018, obstaculizando su acceso a la jubilación solicitada como prestación de seguridad social a la que tiene derecho, esta CDH Puebla emitió las siguientes Recomendaciones al ISSSTEP:
- Dictaminar a la brevedad el expediente pensionario de la persona agraviada.
- Emitir una circular a través de la cual instruya al personal encargado de dar seguimiento a las solicitudes de jubilación del ISSSTEP, para que sujeten su actuar a lo establecido por el Orden Jurídico Mexicano, y en los Tratados Internacionales suscritos y ratificados por el Estado mexicano.
- Brindar a las y los servidores públicos del ISSSTEP capacitación relativa al respeto y protección de los derechos humanos, establecidos tanto en la legislación local, nacional e internacional.
- Dar vista al Órgano Interno de Control del ISSSTEP, para que determine sobre el inicio del procedimiento administrativo de investigación correspondiente.
Este documento es con fines de divulgación. La Recomendación 15/2025 es la única versión oficial.