Page 120 - Panorama general de los linchamientos en Puebla_online
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corporal, directa e inmediata a los sujetos presuntamente
responsables, sin permitirles defensa alguna, lo que puede
llegar a provocar su muerte (PAPCILEP, 2019: 9)
Por su parte, el Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla, no
reconoce el tipo penal de intento de linchamiento o linchamiento consumado.
En los casos, de los que se conoce, se ha ejercido algún tipo de acción penal, las
autoridades refieren a lo establecido en el libro segundo, capítulo décimo quinto,
sección tercera, sobre lesiones y homicidios tumultuarios:
Artículo 318. Las lesiones o el homicidio son tumultuarios
cuando en su comisión intervienen tres o más personas,
sin concierto previo para cometerlos y obrando debido a
un impulso de momento, espontáneo y provocado por las
circunstancias inmediatamente anteriores a éste.
Siendo posible trasladar estas conductas no solamente a delitos, sino a
violaciones a derechos humanos por parte de las autoridades por acciones u
omisiones, que en el ámbito de sus respectivas competencias y atribuciones tienen
para brindar protección o seguridad pública, así como de establecer las acciones
coordinadas, a efecto de proteger la vida, brindar garantías a las personas, respeto
a los derechos humanos y establecer la forma de actuar de los cuerpos de seguridad
pública (PAPCILEP, 2019: 9), tal y como lo establece el objeto del Protocolo antes
analizado.
III. Análisis de los linchamientos
De los párrafos 9, 10, 11, 12 y 13 del Informe especial sobre los linchamientos
en el territorio nacional (CNDH, 2019), se indican tres momentos a identificar en los
eventos de linchamiento: antes, durante y después de los hechos, en los cuales
inciden el contexto de desarrollo social, cultural, económico y político específicos de
la región en donde se presentan:
Previo a los linchamientos, existen factores determinantes
que propician una circunstancia de violencia colectiva, como
la incompetencia de ofrecer seguridad a la comunidad, la
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