Page 37 - Panorama general de los linchamientos en Puebla_online
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Dificultades de base que, podría decirse, explican por qué el linchamiento
como tal no es una conducta delictiva, por definición el tumulto, caótico, amorfo,
indeterminado, intrínsecamente masivo mientras que el pensamiento penal demanda
siempre el camino inverso, es por definición individualista, es siempre de un sujeto y de
una conducta, la pluralidad es sólo la agregación de individuos (pandilla, asociación
delictuosa, delincuencia organizada) o de conductas (concurso ideal o real de delitos).
Incluso en su componente tumultuario, la persecución y sanción es siempre
respecto “del que” o “de los que”, el sujeto colectivo y la conducta colectiva son, por
definición, imposibles en el pensamiento penal contemporáneo, lo que marca una clara
escisión en las posibilidades de la concepción penal y política de la conducta humana.
Lo que, muy probablemente, además de inevitable, sea altamente positivo,
de lo que da cuenta la profunda desconfianza de la mezcla de política y derecho
penal. En clara oposición a la interacción de política y derecho constitucional o política
y derecho electoral, cuya interacción se asume como una convivencia propia, como
el intento racional de regular jurídicamente lo político.
De tal manera, es manifiesto que el derecho penal no está pensado como
mecanismo de control de las conductas políticas (lo inconfesable de que se utilice
como mecanismo de represión política y es la medida y muestra más clara de ello:
decirlo en voz alta sería aceptar que se está aplicando un derecho pervertido).
La dimensión colectiva del linchamiento, su componente alícuoto,
indivisiblemente social, tan evidente en las imágenes de la congregación de
vengadores en la que tal congregación es el diferenciador y el medio mismo de
conductas atrozmente contrarias al orden y los bienes jurídicos que tutela el derecho
penal, está irremediablemente fuera del campo de las conductas penales.
Sus herramientas conceptuales de individuación sólo le permiten acercarse
al fenónemo de manera indirecta, aislando responsables y conductas específicas:
escinde el componente colectivo y se queda con el invididual. Lo que, si bien puede
ser el único camino y dar algo de justicia a las víctimas directa e indirectas, no deja
de ser ciertamente artificial y por igual insatisfactorio: sólo se sanciona, si acaso, a
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unos cuantos que, por sí mismos, no fueron ni pudieron ser capaces del despliegue
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